Circular informativa huelga general convocada para el próximo jueves 14 de noviembre de 2012.
– Los centros de trabajo deben permanecer abiertos el día 14 de noviembre de 2012, para permitir el libre acceso de los trabajadores que no deseen secundar la huelga general.
– Los trabajadores que secunden la huelga pueden efectuar publicidad de la huelga de forma pacífica, no pudiendo ocupar el centro de trabajo el día de la huelga.
– Los trabajadores no están obligados a comunicar previamente a la empresa que secundarán la huelga.
– La huelga es causa legal de suspensión del contrato de trabajo para quienes la secunden. Su efecto principal es el descuento en la nómina del día de salario.
– La empresa debe comunica en el plazo de cinco días, a la Tesorería General de la Seguridad Social una relación de trabajadores afectados por la suspensión.