Recuerde que el próximo 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar la devolución del IVA que su empresa haya soportado durante 2012 en otro país de la Unión Europea.

Para la solicitud de la devolución del IVA Europeo el requisito imprescindible es tener Certificado de Usuario y estar dado de alta en las notificaciones electrónicas de la AEAT.
El trámite ha de realizarlo la propia empresa con su certificado.
Para ello se ha de cumplimentar y presentar telemáticamente el Modelo 360 cuyo enlace adjuntamos:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_360.shtml

La opción que se ha de seleccionar es PRESENTACIÓN DEL MODELO 360 e ir cumplimentándolo con los datos que van solicitando. Una vez esté totalmente cumplimentado hay que enviar (momento en el cual pedirá que se firme y envíe con el Certificado de Usuario de la AEAT de la empresa que solicita dicha devolución).

Los plazos de presentación del citado modelo están definidos por dos límites (para los que no influye estar incluido en el REDEME):

-Trimestral: el requisito a cumplir es que la CUOTA de IVA sobre el cual se pide la devolución sea superior a 400 €. En cuyo caso el plazo para presentar el modelo 360 sería desde el día siguiente a la finalización del trimestre natural en el cual fue soportada dicha cuota hasta el 30/09 siguiente del año natural.

-Anual: el requisito a cumplir es que la CUOTA de IVA sobre el cual se pide la devolución sea superior a 50 €. En cuyo caso el plazo para presentar el modelo 360 sería desde el día siguiente a la finalización del año natural en el cual fue soportada dicha cuota hasta el 30/09 siguiente del año natural.