La nueva prestación esta pensada para la situación de que ambos progenitores trabajen y darán cobertura a uno de los mismos.

El subsidio, de carácter temporal, consistirá en el 100 por 100 de la base reguladora   correspondiente a la prestación de incapacidad (baja laboral), derivadas de contingencias profesionales, y será proporcional a la reducción que experimente la jornada de trabajo, que deberá ser al menos de un 50 por ciento de duración.

Esta nueva prestación contributiva se extinguirá cuado cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando este cumple 18 años.

Entrara  en vigor el 01.01.2011, y su gestión y pago será efectuado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, o Mutuas de Accidentes de Trabajo