Llevamos más de 5 años de crisis, muchas empresas se han quedado por el camino, muchos trabajadores también, y a los pocos que quedamos este Gobierno no para de ahogarnos con medidas y medidas recaudatorias que hacen peligrar las ya escasos recursos que nos quedan, si es que nos queda algún recurso.
En este final de año 2013 el gobierno nos ha vuelto a sorprender con el R.D. Ley 16/2013 publicado con fecha 21 de diciembre que incluye una serie de medidas que afectan tanto a empresas como a trabajadores y que harán que nuestros bolsillos, o lo que queda de ellos se vean afectados.
Como principal novedad cabe destacar la inclusión en la base de cotización al Régimen General de una serie de conceptos que hasta la fecha estaban exentos (es decir que la Seguridad Social nos costara más cara tanto a empresas como a trabajadores).
A continuación detallamos algunos de los nuevos conceptos cotizables y por lo tanto incluidos en la base de cotización:
NUEVOS CONCEPTOS COTIZABLES
Plus de transporte: El importe íntegro de esta ayuda tendrá que sumarse a la base de cotización, cuando hasta el 31 de diciembre estaba exento hasta los 129 euros.
Planes de pensiones y otras mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social: Hasta enero estaban exentas, y a partir de ahora tendrán que sumarse íntegras a la base de cotización.
Ayuda de comida: Estas remuneraciones no salariales, que hasta ahora estaban exentas hasta los 9 euros diarios, tienen que cotizar ahora íntegramente.
Seguros médicos: Anteriormente estaban exentas hasta los 500 euros, y desde ahora cotizan al sistema público íntegramente.
Guardería o ayuda escolar para los hijos: Pasa de estar exento al 100% a tener que incluirse de forma íntegra en la base de cotización a la Seguridad Social.
OTRAS MEDIDAS RECAUDATORIAS
Autónomos con empleados a su cargo
El decreto anterior incluye además de la ampliación de la base de cotización otras medidas cuyo fin es también aumentar la recaudación del sistema en el corto plazo. Así, el pasado 1 de enero entró en vigor el aumento de la cotización mínima de los autónomos con más de diez trabajadores y la de los administradores de Sociedades (autónomos) que tengan igualmente más de 10 trabajadores. Esta base se ha elevado hasta equipararla con la base mínima del Régimen General del grupo 1.
Comunicación mensual de las dietas y kilometraje que se pongan en nómina a la Seguridad Social
Es decir la comunicación supondrá la posibilidad de revisión posterior por parte de la Inspección de trabajo para comprobar si realmente son dietas y kilometrajes o más salario.
Eliminación 40% FOGASA
A partir del 1 de Enero el FOGASA, no se hará cargo del 40% de las indemnizaciones de los despidos de causas objetivas en las empresas de menos de 25 trabajadores en contra de lo que venía siendo hasta la fecha.
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