El pasado 24 de febrero entró en vigor una norma que introduce nuevas medidas de apoyo a los emprendedores y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
Dentro de toda esta batería de medidas (laborales, tributarias, financieras), detallamos a continuación las que son de carácter tributario:
- Las sociedades que se constituyan a partir del 1 de enero de 2013 y cumplan ciertos requisitos, el primer año que den beneficios y el siguiente, sólo tributarán en el Impuesto sobre Sociedades al tipo reducido del 15% por los primeros 300.000 euros (en lugar del 25% actual) y del 20% por el resto (en lugar del 30% actual).
- Las personas físicas que inicien su actividad a partir del 1 de enero de 2013 en estimación directa, el primer año que den beneficios y el siguiente, podrán aplicar en el I.R.P.F. una reducción del 20% de ese beneficio (con el tope de 100.000 euros).
- Tampoco tributarán en el I.R.P.F. las personas físicas que cobren la prestación por desempleo y soliciten el pago único, quedando sin efecto el límite de 15.500 euros que estaba hasta ahora exento .
Esperamos que estas medidas tengan una buena acogida. En próximos post, iremos desgranando el resto de medidas de carácter laboral o financiero.
Saludos a todos.