Como continuación de nuestro anterior post, seguimos desgranando la nueva Ley para Emprendedores.

3.- Las nuevas Sociedades de formación sucesiva.

Desde el 29 de septiembre de 2013,  pueden constituirse sociedades de responsabilidad limitada con una cifra de capital social inferior a 3000 euros, cifra que  hasta entonces servía de mínimo legal.

Dichas sociedades así fundadas quedarán sujetas al llamado régimen de formación sucesiva que les obligará a destinar a reserva legal una cifra al menos igual al 20 por ciento del beneficio del ejercicio, limitándose así mismo las retribuciones satisfechas a los socios y a los administradores por el desempeño de sus cargos durante los ejercicios en los que no se alcance el capital social mínimo.

Tampoco será obligatorio para los socios fundadores y para los que adquieran participaciones de los mismos acreditar la realidad de las aportaciones dinerarias en la constitución, por lo que no será necesario su previo depósito en una cuenta bancaria.

4.- Deducción por inversión  en empresas de nueva o reciente creación.

Para las personas (contribuyentes como denomina la AEAT) que decidan invertir en nuevas sociedades ( anónimas o  limitadas ), bien mediante la suscripción de acciones o participaciones en caso de nuevas Sociedades o mediante ampliación de capital en caso de Sociedades ya constituidas (máximo 3 años) , se establece una deducción del 20%  sobre el importe invertido y hasta el limite de 50.000 euros.

La inversión debe de mantenerse entre 3 y 12 años, y las Sociedades a las que se acceda no deben de tener unos fondos propios superiores a 400.000 euros.

5.- Reducciones para trabajadores autónomos.

Los trabajadores autónomos con 30 o más años de edad (por fin se amplia este dato), que se den de alta por primera vez o no hayan estado de alta en los últimos 5 años y que no tengan trabajadores por cuenta ajena, se podrán aplicar las siguientes reducciones:

–    80% de la cuota los 6 primeros meses
–    50% de la cuota los primeros 6 siguientes meses
–    30% de la cuota los posteriores 6 meses

Es decir en total 18 meses de reducción.