Desde el 17 de diciembre del año en curso, todos los ciudadanos que hagan uso de la justicia en el orden civil, contencioso-administrativo y en la segunda instancia  (Recursos) del orden social abonarán tasas judiciales.

La tasa fija oscila entre los 100 y los 1200 euros, determinable  en función del tipo de proceso, y a la misma se añade una cantidad variable, consistente en el 0,5% de la cuantía del pleito.  Es un tributo que se exige con la interposición de la demanda, con lo que la misma deberá ir acompañada del justificante de pago so pena de que no se le dé el curso correspondiente.

No pagarán los ciudadanos que tengan derecho a justicia gratuita (ingresos familiares inferiores a 14.000 euros brutos al año) y se acojan a la misma, pero, en todo caso, lo harán todas las sociedades anónimas y limitadas.  Quedan exentos los asuntos penales, la primera instancia del orden social y algunos asuntos matrimoniales o de familia referidos exclusivamente a guarda y custodia de menores o a alimentos.

SI al concluir el pleito el tribunal le da la razón al litigante que lo ha iniciado y, además, se da la improbable circunstancia de que el contrincante resulte solvente, el ciudadano o la empresa que  ha promovido el litigio,  podrá recuperar  el importe de la tasa. Por otra parte, se podrá solicitar la devolución del 60% de lo abonado, si se llega a una solución amistosa durante el transcurso del procedimiento.

Si bien el Ministerio de Justicia sostiene que el pago de la tasa evitará el abuso  de los recursos poco viables y disuadirá a los ciudadanos de pleitear sin motivo, lo cierto es que  la Ley de Tasas ha provocado el rechazo acérrimo de jueces, fiscales y abogados, que entienden que las tasas suponen una barrera al acceso a la justicia y vulneran el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, el del Consejo General del Poder Judicial que considera que se trata de cantidades desorbitadas que ningún ciudadano medio puede asumir _pues a las nuevas tasas se suman los derechos de abogados y procurador_, así como el de las  asociaciones de consumidores y usuarios,  que sostienen que impedirá el derecho de revisión judicial de prácticas comerciales fraudulentas y decisiones administrativas injustas.