¿Obras sin I.V.A.?
Desde el 31 de octubre de 2012 la ley ha cambiado. Las empresas que realicen obras de construcción, rehabilitación o urbanización de terrenos ya no tienen que repercutir IVA en sus facturas...
Desde el 31 de octubre de 2012 la ley ha cambiado. Las empresas que realicen obras de construcción, rehabilitación o urbanización de terrenos ya no tienen que repercutir IVA en sus facturas...
Hacienda ha concretado en el BOE del 6 de agosto de 2012, el tipo impositivo a aplicar a determinadas entregas de bienes y servicios, ante las dudas generadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, que modificaba los tipos impositivos de IVA con efecto a partir del día 1 de septiembre de 2012.
Desde el 14 de abril de 2010 el IVA reducido del 8% podrá ser aplicado para efectuar obras en su vivienda. Este tipo reducido se podrá aplicar hasta el 31 de diciembre de 2012 en todas las ejecuciones de obra de renovación y reparación que se efectúen en viviendas (electricidad, gas, fontanería, calefacción, pintura, soldadura,