Recuerda que desde el próximo 1 de octubre deberás hacer todos tus trámites con la Seguridad Social de manera electrónica, cumpliendo de esta manera con la Orden Ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018.

Los autónomos deberán realizar directamente sus trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social por medio de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS, www.sede.seg-social.gob.es. Para ello deberás disponer de un sistema de autentificación. Siendo los sistemas admitidos por la seguridad social: el certificado digital, el DNI electrónico y el Sistema Cl@ve

¿Qué trámites serán obligatorios tramitar electrónicamente?

Los autónomos estarán obligados a gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con:

  1. La afiliación (altas y bajas en el Régimen, cambios de actividad, variación de datos)
  2. La cotización (domiciliación de cuotas, cambios de base )
  3. Recaudación de cuotas (reclamaciones de deudas y providencias de apremio)
  4. La recepción de notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, por comparecencia en la SEDESS. ¡Se eliminan las comunicaciones por correo postal!

 Otros servicios que ofrece la SEDESS

Se pueden obtener informes y certificados, por ejemplo, duplicado de resolución de Alta/Baja en el RETA, Informes de bases y cuotas, certificado de estar al corriente, as obligaciones con la Seguridad Social, informes de vida laboral, etc.

Lo que nos debe quedar claro que en los tiempos que corren, ya nadie puede vivir sin acceso a internet, y mucho menos si se es autónomo! Se hace imprescindible contar con un ordenador, o en su defecto, con los servicios profesionales de un asesor.

“Nuevos tiempos, nuevos retos. Toca adaptarnos y renovarnos.”

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