Un recordatorio sobre uno de los pocos contratos bonificados que nos quedan.
El Contrato de Formacion y el Aprendizaje.

Este contrato se creó con la intención de potenciar el empleo juvenil (hasta 30 años) y  para la empresa que contrata supone  una gran ventaja  ya que dispone de un trabajador sin coste de Seguridad Social, y éste  obtiene  una cualificación profesional combinando la  formación teórica  que se adquiere con la prestación de  servicios de trabajo renumerado.

Detallamos a continuación las características de este contrato:

ASPECTOS DEL CONTRATO FORMATIVO

El trabajador ha de estar inscrito como demandante de empleo.

Contratación para mayores de 16 años y menores de 30 años.

El salario a percibir por el trabajador no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional  (645.30 euros).

Reducción del 100% de la cuota de Seguridad Social (es decir coste 0).

La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres.

A la finalización del contrato podrá ser transformado en indefinido con un incentivo de 1500 euros al año o de 1800 euros en caso de mujeres.

El  empresario autónomo puede contratar a los hijos con esta modalidad de contrato siempre que sean menores de 30 años  independientemente si conviven con él o no, teniendo igualmente derecho a la reducción del 100% de las cuotas de la Seguridad Social (el trabajador a la finalización del contrato tendrá derecho a desempleo  siempre que no conviva con el  familiar).

Condiciones de la formación

La formación teórica obligatoria que ha de impartirse en este tipo de contrato estará vinculada al puesto de trabajo desarrollado y ocupara el 25% de la jornada el primer año y el 15% el segundo y tercer año.

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