Si su Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2009 salió a devolver, recuerde que Hacienda dispone de 6 meses para realizar el pago.

Transcurrido este plazo, se devengan intereses a su favor, sin necesidad de solicitarlos.

No obstante, recuerde que durante los seis meses que Hacienda dispone para tramitar la devolución no se devengan intereses a su favor.