Parece ser que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social está estudiando el alcance de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declara que los trabajadores interinos tienen derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de contrato en la fecha de extinción de la relación laboral, por reingreso de la persona que titulariza su plaza.
En la sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea defiende que no existen razones que justifiquen una diferencia de trato entre trabajadores con contrato temporal y trabajadores con contrato fijo en cuanto a las indemnizaciones por fin de contrato.
El sindicato CC.OO. ha señalado tras conocer la sentencia que la legislación laboral española “discrimina” a casi cuatro millones de trabajadores temporales y ha anunciado que promoverá acciones judiciales para asegurar el pago de las diferencias económicas a todas las personas afectadas por una extinción de su contrato temporal en este último año cuyas acciones de reclamación no estén prescritas