Se han aprobado una serie de medidas para incentivar la venta de inmuebles e intentar dar salida al actual stock existente en nuestro país.

Desde el 12-05-2012 y  hasta el 31-12-2012, las personas o sociedades que adquieran inmuebles de naturaleza urbana, disfrutarán de una exención del 50% sobre las ganancias que adquieran en su futura venta.

Se exceptúan las operaciones entre grupo de empresas, y al cónyuge o personas con parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido.

Además, esta exención es compatible con la aplicación de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.