El 3 de diciembre ha sido aprobado el Real Decreto-ley 13/2010, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo que serán aplicables a partir de 2011.

Las novedades más importantes son:

–         Se amplía de 8 a 10 millones la cifra de negocio que puede tener una empresa para ser considerada de reducida dimensión.

–         Si una sociedad cumple durante tres ejercicios seguidos los requisitos para ser de reducida dimensión, podrá seguir disfrutando de los incentivos fiscales durante 3 años más, aunque su cifra de negocios pase de los diez millones de euros de límite.

–         Se reduce el tipo impositivo en el Impuesto sobre sociedades a las empresas de reducida dimensión. A partir de 2011, tributarán al 25% los primeros 300.000 euros de beneficio y al 30% el resto.

–         A partir de 2011 y hasta el 2015 todas las sociedades podrán disfrutar de la libertad de amortización sin necesidad de mantener la plantilla media de los trabajadores. (Las inversiones que se efectúen a partir de 3 de diciembre de 2010 también podrán acogerse en 2011 a este beneficio fiscal)

–         La constitución de una sociedad y las ampliaciones de capital ya no tributarán por ITP a partir del 3 de diciembre de 2010.

–         También a partir del 3 de diciembre será voluntario el pago de la cuota cameral a una Cámara de Comercio.