Posible nueva cotización por paro obligatoria para los nuevos trabajadores autónomos.

El Ministerio de Empleo ha incluido en el anteproyecto de la nueva ley de Mutuas una nueva normativa que regulará la prestación por cese de actividad de los autónomos, ya que son estas entidades las que las que gestionan dicha ayuda.

¿¿ Y qué significa esto ¿?

Podemos claramente que el Gobierno intenta recaudar ante todo nuevas cuotas, más dinero… y luego ya veremos qué autónomo es capaz de “coger” el paro.

Detalles de la  Normativa

La principal novedad es que la ley obligará a todos los nuevos trabajadores por cuenta propia a cotizar por esta contingencia, algo que hasta ahora sólo era obligatorio para los autónomos económicamente dependientes. Dicha cotización “adicional” supone un incremento de entre un 3% y un 8% de las cuotas mensuales de autónomos.

El Ministerio de Empleo propone para contrarrestar la obligatoriedad de la medida, rebajar la exigencia de requisitos a reunir para poder acceder a la prestación, no se exigirá a estos trabajadores un umbral de pérdidas y solo deberán acreditar números rojos durante un año. Además, en el caso de que se adeuden cuotas a la Seguridad Social se les concederá un plazo de 30 días para ponerse al día en el pago de las mismas para poder cobrar la prestación.

Se ampliará el ámbito de cobertura de la prestación a nuevos beneficiarios, como los administradores de sociedades expulsados de su actividad retribuida, a los familiares del autónomo en los que concurra la misma circunstancia y a los autónomos que se asimilen a los trabajadores económicamente dependientes pero que carecen de esta calificación legal.

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