Mañana se celebrará el esperado sorteo de la lotería de Navidad!! Y es por ello que queremos que estén bien informados del procedimiento y la obligación tributaria, en el caso de que resultara uno de los afortunados.
Los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 2.500 euros están exentos de impuestos.
Mientras que la cuantía de los premios que supere los 2.500 euros deberán tributar a un 20% de retención, de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
Por ejemplo un premio de 100.000 €, tributaría al 20% sobre 97.500 € ( 100.000 – 2.500 ) , por lo que se practicaría una retención de 19.500 € y se percibiría 80.500 €.
La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) deberá proceder a identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen (superiores a 2500€) en el momento de la retención, independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades.
En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías…), en que el premio se reparte entre todos los participantes se debe distribuir los 2.500 € que está exentos entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación. En este caso, quien proceda al cobro del premio, deberá informar necesariamente de la identificación de cada uno de los participantes, así como del porcentaje de participación.
Como en casi todos los casos, Hacienda siempre quiere su parte, y en este caso, no iba a ser de otra forma.. A pesar de ello, ojalá nos toque!!
Desde nuestro despacho les deseamos mucha suerte a todos!!!