El pasado 26 de octubre se publicó en el B.O.E. una norma que modifica el IVA y algunos procedimientos tributarios.

Destacamos las siguientes:

  • IVA de caja, se regulan los aspectos formales del nuevo régimen del IVA de caja que entrará en vigor en enero-2014. En breve, enviaremos un artículo exclusivo para este asunto debido a su repercusión a todos los niveles (tributario, financiero, informático, etc). Está destinado a empresas que facturen menos de 2 millones de euros.
  • Modelo 347, se adecua el modelo al nuevo régimen del IVA de caja y además se amplia la obligación de presentación de este modelo (comunidades de propietarios, régimen simplificado de IVA, etc.)
  • Libros registro por Internet, sólo tendrán que presentar este registro a través del modelo 340, las empresas inscritas en el régimen de devolución mensual de IVA (REDEME).
  • Declaraciones de IVA mensuales, a partir de 2014 la declaración del mes de julio deberá presentarse hasta el 20 de agosto, no pudiendo retrasar su presentación (como ocurría antes) al 20 de septiembre.
  • Recuperación del IVA de los impagados, a partir de 2014 se crea la obligación de remitir las facturas rectificativas al administrador concursal y las comunicaciones obligatorias que había que enviar a Hacienda, se tendrán que hacer vía telemática.
  • Inversión del sujeto pasivo, se regulan las comunicaciones que deben existir entre los empresarios que intervienen en determinadas operaciones.

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